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Msc. Javier Carvajal Molina 2
23 de setiembre, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 10505
23 de setiembre, 2004
DI-AA-2030
Msc Javier Carvajal Molina
Alcalde Municipal
Municipalidad de Heredia
Heredia
Estimado señor:
Asunto: Remite para refrendo el contrato suscrito por esa Municipalidad con la Empresa WPP Continental de Costa Rica S.A., cuyo objeto es la contratación de servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos en el Cantón Central de Heredia.
Nos referimos a su oficio AMH-1846-2004 recibido por este Órgano Contralor el 11 de agosto del 2004, mediante el cual remite para refrendo el contrato suscrito por esa Municipalidad con la Empresa WPP Continental de Costa Rica S.A., cuyo objeto es la contratación de servicios de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos en el Cantón Central de Heredia.
Sobre el particular, nos permitimos indicarle que de acuerdo al oficio DPA-UPC-5284-04 de fecha 25 de agosto del año en curso, emitido por la Dirección de Protección al Ambiente Humano, Unidad de Permisos y Controles del Ministerio de Salud, relacionado con la vida útil del Relleno Sanitario Los Mangos, ubicado en Alajuela en lo que interesa dice lo siguiente:
“ En la lámina 06 de los planos visados por este Ministerio y denominada Sistema General de Operación, aprobados el 13 de mayo del 2002, se puede observar que la vida útil del relleno sanitario es hasta el año 2006 inclusive.”( el resaltado no es del original )
Con respecto a la ampliación del relleno sanitario se dirigió el oficio DPA-UPC-2012-04 del 13 de abril del año en curso a la Dra. Virginia Céspedes Gaitán, Directora de la Región Central Norte, en el cual se indicó lo siguiente:
“ En atención a su nota referente a que se está instalando la geomembrana en la nueva celda que aún no ha sido autori ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 01/09/2004
Institución: MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No.11898
4 de octubre, 2004
DI-AA-2262
Licenciado
Jorge Arturo González Cuadra
Sub-Área Gestión Medicamentos
Departamento de Adquisiciones
Caja Costarricense de Seguro Social
San José, Avenida 2da. Calles 5 y 7
Estimado Señor:
Asunto: Solicitud de aprobación de compra de medicamentos, al amparo de la Ley No. 6914.
Nos referimos a su nota No. SAGM-1717-2004 del 1 de octubre del presente año, mediante la cual solicita nuestra aprobación a la siguiente contratación de esa Entidad:
No. de Concurso
Producto
Empresa Adjudicada
Monto
ME-2004-331
Acetazolamida 250 mg.
Laboratorios Lisan, S.A.
$17.190,00
Al respecto, tenemos a bien comunicarle que, una vez estudiado el expediente, este Despacho concede su aprobación a la contratación supraindicada, la cual queda condicionada a la existencia de contenido presupuestario.
Atentamente,
Alberto Franco Narváez
Fiscalizador
Anexo: Un expediente
AFN/lmu
ci Archivo Central
Ni: 21425
2004006621
· Contratos
] ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 04/10/2004
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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Federico Carrillo Zurcher 24 de setiembre, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 11130
24 de setiembre, 2004
DI-AA-2135
Señor
Federico Carrillo Zurcher
Ministro
Ministerio de Hacienda
San José
Estimado señor:
Asunto: Se requiere refrendo a Contrato de Fideicomiso, suscrito entre el Ministerio de Hacienda y el Banco de Costa Rica para el pago de pasivos financieros del disuelto Banco Anglo Costarricense.
Se da respuesta al oficio DM-1237-2004, mediante el cual se somete a la consideración de esta Unidad -a efectos de otorgar el refrendo constitucional- el Contrato de Fideicomiso, suscrito entre el Ministerio de Hacienda y el Banco de Costa Rica para el pago de pasivos financieros del disuelto Banco Anglo Costarricense.
Habiendo realizado el análisis de los documentos remitidos se procede devolver el contrato de marras sin nuestra aprobación, en virtud de las siguientes razones:
I) Antecedentes
· Que mediante Ley N. 7471 “Ley de Disolución del Banco Anglo Costarricense”, publicada en La Gaceta N. 246 del 27 de diciembre de 1994, se integró una Junta Liquidadora, entre cuyas facultades se estableció el disponer de los activos del Banco Anglo, cancelar sus pasivos, cumplir con sus obligaciones, cobrar las acreencias y los demás derechos en su favor y realizar todas las gestiones necesarias para finiquitar adecuadamente su proceso de liquidación (ver artículo 5 de la citada Ley).
· Que el artículo uno infine de la Ley N. 7471, señaló que el proceso de liquidación del Banco Anglo se llevaría a cabo en un plazo de seis meses, prorrogable mediante acuerdo de la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, hasta por un plazo de veinticuatro meses, el cual se hizo efectivo hasta el 27 de diciembre de 1996.
· Que el artículo 10 del pluricitado cuerpo normativo, giró autorización expresa ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 16/09/2004
Institución: MINISTERIO DE HACIENDA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 10746
13 de setiembre, 2004
DI-AA-2067
Ingeniero
Gerardo Sánchez Fuentes
Jefe, Departamento de Proveeduría
Banco Crédito Agrícola de Cartago
San José, Oficinas Centrales
Estimado señor:
Asunto: Remite para refrendo el contrato suscrito por ese Banco con la firma Control Electrónico, para la renovación de soporte para servidores SUN 4800, 4 SUN 280R y 2 SUN250.
Nos referimos a su nota PROV-1225/2004 de fecha 11 de agosto del presente año, mediante el cual somete para refrendo el contrato suscrito por ese Banco con la firma Control Electrónico, para la renovación de soporte.
Sobre el particular, nos permitimos indicarle que nos vemos obligados a devolver sin el refrendo solicitado el contrato de marras, atendiendo la observación No. 1 del oficio DI-STI-378 de nuestra Unidad de Sistema y Tecnología de Información. De fecha 6 de setiembre del año en curso, del cual le estamos adjuntando copia.
Por otra parte, resulta conveniente la actualización de la certificación de partida presupuestaria que ampara el presente desembolso. Así como determinar con precisión cual es el documento contractual original, ya que se aportan dos, y sus cláusulas no son exactamente iguales.
Atentamente,
Licda. .Rosa I. Conejo Fernández, MSc.
Fiscalizadora
Anexo: Un expediente
RIC/lmu
ci Archivo Central
Ni: 16890
2004003016-2
· Contratos
] ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 07/09/2004
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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Rodolfo Hernández G. 17 de setiembre, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 11104
17 de setiembre, 2004
DI-AA-2129
Doctor
Rodolfo Hernández G.
Director General
Hospital Nacional de Niños Dr. Carlos Sáenz Herrera
San José
Estimado señor:
Asunto: Contrato para la adquisición de estándares de calibración aminoácidos y acilcarlitina para análisis de muestra de orina, suscrito entre el Hospital Nacional de Niños y la empresa Electrónica Centroamericana S.A.
Se da respuesta a su oficio D.G.# 912-04, mediante el cual se somete a consideración de esta Unidad -a efectos de otorgar el refrendo constitucional- el contrato para la adquisición de estándares de calibración aminoácidos y acilcarlitina para análisis de muestra de orina, suscrito entre el Hospital Nacional de Niños y la empresa Electrónica Centroamericana S.A.
Realizado el estudio de rigor y con sustento en el acto de adjudicación de la Dirección General de ese Nosocomio, de fecha 07 de mayo de 2004, se procede a devolver el Contrato de marras debidamente refrendado. Esta aprobación queda sujeta al cumplimiento de las siguientes observaciones:
1. Sobre las multas señaladas en la cláusula cuarta del Contrato
El punto b) dela aparte 4.2 del Contrato indica cuales multas le serán aplicadas al Contratista en caso de existir atraso en la entrega pactada, llamando la atención de esta Unidad que tratándose de este tema se haga referencia a la garantía de cumplimiento. En este sentido se indica:
“... b) Sanción por incumplimiento: De conformidad con el artículo 36.3 del Reglamento General de la Contratación Administrativa y lo dispuesto por el cartel de la Compra Directa, todo atraso en que incurra la contratista en la entrega de los bienes objeto del presente contrato será sancionado con la aplicación de MULTAS ESTABLECIDAS EN ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 17/09/2004
Institución: HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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Licda. Amy Miranda Alvarado
20 de octubre, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 12764
20 de octubre, 2004
DI-AA-2378
Licenciada
Amy Miranda Alvarado
Coordinadora, Unidad de Asuntos Jurídicos
Ministerio de Economía, Industria y Comercio
Moravia, 200 mts. oeste, 100 mts. sur y 200 oeste Colegio Lincoln
Estimada señora:
Asunto: Convenio de cooperación suscrito entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y la Asociación Costarricense para Organizaciones de Desarrollo en el marco de la Red de apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas.
Nos referimos a su Oficio No. AJ-257-04, mediante el cual nos remite para refrendo, convenio de cooperación suscrito entre el Ministerio de Economía, Industria y Comercio y la Asociación Costarricense para Organizaciones de Desarrollo para la Red de Apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas.
Una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos debidamente refrendado el convenio de cita, sujetándolo a las siguientes observaciones:
· Cláusula segunda
En el inciso d) de las obligaciones del MEIC se establece poner a disposición de la Asociación la información sobre empresas y sectores productivos que se almacenen en el Sistema de Información Empresarial de ese Ministerio y en el Registro Nacional de las PYMES. Sobre el particular, deberá tenerse presente lo que estipula el artículo 23 de la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley No. 8262.
Por su parte, en el inciso e) se indica que el MEIC deberá guardar la confidencialidad de la información suministrada por la Asociación, y que ésta solo podrá ser utilizada o mostrada en forma agregada, con el fin de conocer los sectores y desarrollar indicadores de desempeño. Sin embargo, no omitimos señalar que dicha utilización deberá realizarse con la previa autorización de la citada Asociación.
· Cláusula Tercera
Se menciona que, ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 21/10/2004
Institución: MINISTERIO DE ECONOMIA INDUSTRIA Y COMERCIO
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
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DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 11881
4 de octubre, 2004
DI-AA-2259
Licenciado
Bienvenido Venegas Porras
Director Ejecutivo
Junta Administrativa Imprenta Nacional
La Uruca
Estimado señor:
Asunto: Contrato para la compra de papel bond 60 gramos suscrito con la empresa Compañía Americana de Papeles, plásticos y Afines S.A. (CAPPA S.A.), el cual se originó en el procedimiento de licitación pública 1-2004
Nos referimos a su oficio no. AJ-0122-04 mediante el cual remite -para efectos de refrendo constitucional- Contrato para la compra de papel bond suscrito con la Compañía Americana de Papeles, Plásticos y afines S.A. (CAPPA S.A.).
Una vez realizado el análisis de los documentos remitidos, y con vista en la resolución de adjudicación que fue publicada en el diario Oficial La Gaceta no. 145 del 26 de julio de 2004; procedemos a devolver el contrato de mérito debidamente aprobado por esta Contraloría General.
Finalmente, esta aprobación se concede con vista en la certificación de contenido presupuestario emitida por la señora Energivia Sánchez Brenes en su condición de Coordinadora del Departamento Financiero de esa Imprenta, de manera que la información consignada en ese documento queda bajo la responsabilidad de esa funcionaria.
Atentamente,
Lic. Randall Eduardo Vargas Mata
Fiscalizador Asociado
RVM/lmu
ci Archivo Central
Ni: 20115
· Contratos
20040061340
] ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 04/10/2004
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 16412
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Lic. Martín Zúñiga M.
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17 de diciembre, 2004
17 de diciembre, 2004
FOE-FEC-955
Licenciado
Martín Zúñiga M.
Gerente General
PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR
DE COSTA RICA (PROCOMER)
Avenida 3ª, Calle 40
San José
Estimado señor:
Asunto:
Se atiende consulta sobre los alcances del artículo 6 de la Ley de Reestructuración de la Deuda Pública, respecto a las inversiones de las entidades públicas en los fondos de inversión.
Nos referimos a su oficio Nro. GG-321-2004 del 19 de octubre, recibido en esta oficina el 26 de ese mismo mes, mediante el cual solicita nuestro criterio sobre los siguientes aspectos:
1. ¿Resulta aplicable a PROCOMER la Ley Nro. 8299?.
2. ¿Puede PROCOMER invertir parte de sus recursos en fondos de inversión?.
3. Si la respuesta a la anterior pregunta es positiva, ¿Cómo se debe interpretar el artículo 6 de la Ley de Reestructuración de la Deuda Pública, en relación con dichas inversiones (en fondos de inversión), teniendo presente que el citado numeral prohíbe el pago por concepto de comisión, intermediación, descuento o premio, generado por las compras de títulos del Banco Central y del Ministerio de Hacienda?
1. Criterio de la asesoría legal de PROCOMER.
Mediante memorandun Nro. DAL 208-2004 del 19 de octubre del 2004, suscrito por la Gerencia de la Asesoría Legal de PROCOMER, se manifiesta lo siguiente:
· La Ley de Reestructuración de la Deuda Pública Nro. 8299 se encuentra dirigida a las instituciones y órganos públicos, sin que exista ningún tipo de distinción en cuanto a su ámbito de aplicación, por lo que, de acuerdo con la naturaleza jurídica de PROCOMER, dicha ley le resulta aplicable.
· En el oficio Nro. FOE-FEC-136 del 6 de marzo del 2003, la Contraloría General de la República acep ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 16/11/2004
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 11392
23 de setiembre, 2004
DI-AA-2178
Ingeniero
Allan Benavides Vilchez
Gerente General
Empresa de Servicios Públicos de Heredia
Heredia, frente Escuela Del Sur
Estimado señor:
Asunto: Solicita le enviemos el contrato original suscrito por la Empresa Servicios Públicos de Heredia S.A. y la empresa Hidroeléctrica Los Negros, para el arrendamiento del Proyecto Hidroeléctrico Los Negros.
Nos referimos a su oficio GG-1053-2004 de fecha 20 de setiembre del presente año, mediante el cual solicita le enviemos el contrato original suscrito por la Empresa Servicios Públicos de Heredia S.A. y la Empresa Hidroeléctrica Los Negros , para el arrendamiento del Proyecto Hidroeléctrico Los Negros.
Sobre el particular, nos permitimos indicarle que le estamos adjuntando el documento de cita, toda vez que por error se había enviado al archivo con la correspondiente nota de remisión de esa oportunidad.
Atentamente,
Msc Rosa I. Conejo Fernández
Fiscalizadora
Anexo: Un expediente
RIC/lmu
ci Archivo Central
Ni: 19934
2004004683-2
· Contratos
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Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 22/09/2004
Institución: EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DE HEREDIA (ESPH)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: OTROS
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Sr. Litleton Bolton Jones
04 de octubre, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11861
04 de octubre, 2004
DI-AA-2255
Señor
Litleton Bolton Jones
Presidente
Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. (RECOPE)
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de refrendo de contratos de empréstito, suscritos entre RECOPE con el BCIE y el CAF
Damos respuesta a su oficio No. P-1231-2004 de 20 de agosto del año en curso, mediante el cual somete a nuestro refrendo los contratos de préstamo celebrados entre esa Empresa con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) y la Corporación Andina de Fomento (CAF), por la suma de $60.000.000.00 y $30.000.000.00 respectivamente.
Sobre el particular, una vez analizados los términos de los documentos contractuales y de los antecedentes que los acompañan, en especial las autorizaciones emitidas por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), el Consejo Nacional de Financiamiento Interno, Externo y de Inversión (CONAFIN), el Banco Central de Costa Rica (BCCR), la Autoridad Presupuestaria del Ministerio de Hacienda, así como el interés público existente en el objeto de esos empréstitos, que es el financiamiento de las obras del poliducto Limón-La Garita, estamos devolviendo, sujeto a las observaciones que de seguido se enuncian, dichos negocios jurídicos con nuestra aprobación, sin que ello constituya precedente obligante en el futuro:
I- Contrato de Préstamo entre RECOPE y el BCIE
1) Acorde con lo preceptuado en la Sección uno punto tres (1.3) Obligaciones Generales, apartes f) y g), y en la Sección cuatro punto uno (4.1) Desembolsos inciso b), se deja bajo exclusiva responsabilidad de la Empresa contar con los recursos de contrapartida a que alude esa disposición para ejecutar los componentes del proyecto.
2) En la misma cláusula punto l) debe entenderse que la suma de todos los subcontr ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 02/10/2004
Institución: REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: OTROS